Art. 203
Suspensión de uno a diez partidos, cuando no pueda determinarse de quien partió la
agresión.
Esta circunstancia deberá tenerse en cuenta para la graduación por igual de la pena a
los infractores.
Suspensión de uno a diez partidos, cuando no pueda determinarse de quien partió la
agresión.
Esta circunstancia deberá tenerse en cuenta para la graduación por igual de la pena a
los infractores.
Los pibes de la confluencia